Archivos febrero 2023

Sucesiones

Proceso legal


.

La sucesión de una persona fallecida consiste en transmitir sus bienes y derechos a quienes son llamados como herederos. No se trata de todos el patrimonio sino de aquello que conforma la herencia, es decir, derechos que no se extinguen con la muerte del causante.

La sucesión se abre desde el fallecimiento del causante, pero el proceso sucesorio se inicia cuando se presentan los herederos ante el juez para cobrarla.

Es decir, el proceso consiste en determinar el contenido de la herencia y establecer quienes son herederos, para luego optar por una de las formas de adjudicación de los bienes de la herencia. Esto significa que a cada heredero le corresponderá una parte de la herencia y eso debe dejarse documentado correctamente.

Es importante tener en cuenta que todos los gastos que sean necesarios realizar durante el proceso sucesorio corren por cuenta de todos los herederos. Si uno solo lo abona, deberá reclamar el reembolso a los demás hasta que solo haya gastado su parte correspondiente.

.

La herencia

¿Qué se puede hacer con la herencia? Consiste en una decisión que…

Leer más

Cuota alimentaria

¿Cuándo corresponde?

.

Cuando los padres se separan, resulta importante que, mientras el menor conviva con uno de ellos, el otro aporte la cuota para su manutención. En principio, la cuota se abona en dinero, de manera mensual y consecutiva. Sin embargo, sucede a menudo que los alimentantes no confían en su expareja a quien deben hacer entrega de ello… para esos casos, también está prevista la cuota en especie. Esto es, pagar directamente el colegio, actividades que realice el menor, ropa, comida, etc. Hasta incluso se puede pactar la entrega directa al hijo mayor de edad.

Esto se puede fijar de manera voluntaria mediante acuerdo de partes, o bien, de manera judicial y obligatoria por medio de una sentencia que lo establezca.

Por mi parte, apoyo la forma extrajudicial ya que es mucho más rápida, económica y además la solución la establecen las mismas partes. Son ellas quienes conoce la realidad diaria en la que viven. Distinto sería si un tercero ajeno (juez) impone a una de las partes el cumplimiento de una cuota de un monto que él considera justo de acuerdo a lo que se prueba en juicio.

Lo ideal sería que las mismas partes acuerden lo que deberán respetar y cumplir.


Aumento de cuota

.

Así como se puede solicitar un aumento en la cuota alimentaria, también el alimentante puede pedir una disminución de la misma, por ejemplo, si tiene otros hijos. Lo importante es que la cuota corresponde igual en estos casos, solo que será menor.

Existen varios motivos por los cuales se requiere esto. Generalmente, el padre o madre que recibe la cuota va advirtiendo con el paso del tiempo que ya no le alcanza para comprar lo mismo que antes, o que el hijo, de acuerdo a su crecimiento ya no necesita pañales, sino que ya comienza a salir con amigos y necesita ropa nueva, concurre a la peluquería más seguido, comienza actividades extraescolares, competencias, las chicas se compran maquillaje, realizan viajes… y los gastos que se realizaban van cambiando de destino en diferentes etapas de la vida.

Debemos recordar siempre que todos esos gastos con relación al hijo en común, corre por cuenta de AMBOS padres por mitades. Es decir, la cuota que abona un padre solo es un 50% del total. El otro 50% corresponde al padre que convive con el menor.

Responsabilidad Parental

Anteriormente conocida como «patria potestad».

Son titulares de la responsabilidad parental: los padres, sea que vivan juntos o separados. En principio, los actos realizados por uno, se entiende que fueron con la conformidad del otro.

En caso de desacuerdo, podrán darle intervención al juez para que resuelva sobre la situación.

Si se prueba que el menor se encuentra en una situación peligrosa o se ha puesto en riesgo su salud, vida e integridad física, se podrá solicitar que se lo prive de la responsabilidad parental al padre que lo haya generado.

Ambos padres tienen obligaciones iguales y comunes en lo que respecta al cuidado, desarrollo y orientación. Pero… ¿de qué derechos y obligaciones hablamos cuando nos referimos a responsabilidad parental?

Son obligaciones y derechos de los padres con respecto a sus hijos: cuidarlos, criarlos, mantenerlos, brindarle educación, proteger su salud, alimentarlos, comprarles ropa, respetarlo y permitir que tenga relaciones con otros familiares, etc. En síntesis, el Código Civil y Comercial los aborda con el nombre de 1) Alimentos y 2) Cuidado personal, incluyéndolas.

.

.

Por otro lado, y en principio, los padres que son titulares de la responsabilidad parental, además, ejercen la administración sobre los bienes de los hijos para su protección mientras sea menor de edad y no se haya emancipado. Esto se refiere a los actos conservatorios del bien, pueden darlo en locación mientras dure la responsabilidad parental o mientras no sean privados de ella. Se necesita autorización judicial para disponer del bien, esto es, por ejemplo: venderlo, donarlo, gravarlo con una garantía, etc.

DDJJ SALUD

Declaración Jurada de Salud

¿Cómo surgió?

Existe un documento al cual nos solemos dirigir como la Declaración Jurada de Salud, que surgió con el decreto nacional 300/97 y el dictamen 56108/2014 de ANSES.

¿Qué indica la norma?

Dicho decreto indicó en su momento que para poder afiliarse al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) es necesario presentar una declaración jurada ante ANSES junto a un formulario, el F184. Esto es para determinar si se padece alguna incapacidad al momento de la afiliación.

Además, deja en claro que si esta declaración jurada contiene datos falsos, la afiliación no tiene validez a los fines de obtener el retiro por invalidez o pensión por muerte. Además, si se estableciera que el afiliado es incapaz al momento de la afiliación, cualquier contingencia posterior producto de esa incapacidad no podrá acreditarse para obtener el retiro por invalidez o pensión por muerte.

¿Quiénes deben presentar esta declaración jurada?

Deben presentar esta declaración jurada de salud aquellos trabajadores autónomos que 1) ingresen al SIPA estando vigente el dto. 300/97, 2) que hayan dejado de cotizar por más de 12 meses, o 3) que hubieran solicitado su baja al momento de su reinscripción, y 4) los afiliados en relación de dependencia comprendidos en el SIPA que se incorporen como trabajadores autónomos luego de 12 meses de haber finalizado su relación de dependencia.

Resumidamente, si sos monotributista o autónomo, es importante que presentes esta declaración. Si te encontrás en una de dichas situaciones, te dejamos tres enlaces para que puedas descargarla.

¿En qué consiste el F184?

Por su parte, el formulario 184 se obtiene en la web de AFIP. Por lo tanto, para descargarlo deberás ingresar con CUIT y clave fiscal al servicio Monotributo, allí seleccionar constancias y luego F184. Este formulario sirve para acreditar que un contribuyente es Monotributista.

Para los monotributistas, también se estableció que deben informar datos acerca de su Grupo Familiar Primario. Esto se puede hacer desde la opción «Modificación» en el servicio Monotributo, y es información que se incluye en el F184.

¿En dónde presento esta declaración jurada?

Tenés que presentar la declaración jurada ante la ANSES en duplicado, llevando también una copia del F184 y de tu DNI. Si pasan 20 días y no te notifican, es porque admitieron tu declaración.

Si te gustó la nota, por favor dejanos un comentario y compartila con más personas. También puedes ver otras de nuestras publicaciones.

Estudio Pascal – Estudio Contable Inicio Contacto LEGAL Servicios ¿A qué nos dedicamos? En Estudio Pascal nos dedicamos a brindar soluciones contables personalizadas, adaptadas a las necesidades de cada uno de nuestros clientes. Nuestro compromiso es asesorarlos en todas las áreas contables y…

Leer más

Estudio Pascal – Estudio Contable Inicio Contacto LEGAL Conversor de Divisas Cotizaciones obtenidas de Bluelytics Cotizaciones obtenidas del BCRA Conversor de Divisas Convirtiendo desde Pesos a Divisas ⇄ Estudio Pascal – Pie de Página Estudio Pascal | Eva Perón 284, Concepción del Uruguay…

Leer más

Aumento de las Prepagas Como consecuencia de los problemas inflacionarios que tiene la Argentina, las empresas de medicina prepaga esperaban aumentar el costo de la cuota por primera vez en 2023 hasta un 8,21%. Por esta razón el Gobierno emitió un decreto que…

Leer más

Cómo Obtener CUIT y Clave Fiscal La Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) es un código de 11 dígitos que AFIP asigna a cada contribuyente para registrarlo en el sistema tributario argentino. Para poder utilizarla, es indispensable contar con una Clave Fiscal, la…

Leer más