Contratos
Redacción, celebración y término
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Las personas celebran contratos porque siempre necesitamos algo del otro. En ellos, acordamos lo que uno da y lo que el otro recibe a cambio, o no, como en el caso de la donación donde uno da sin esperar nada a cambio.
Estas formas de negociar de manera privada muchas veces se hace de manera verbal. Cuál es el problema en estos casos… ¿cómo probamos la existencia de ese contrato?
Siempre se recomienda celebrar los contratos de manera escrita para facilitar en un futuro la prueba: condiciones, fecha de celebración, derechos y obligaciones, daños, consecuencia de los incumplimientos, conclusión del mismo.
La ley establece determinadas formas para que los contratos sean válidos, de lo contrario, si no se cumple con dicha forma no tendrá efectos jurídicos (dicho en criollo: para la ley nunca existió)
Según la ley, la finalización de un contrato puede tener lugar por varias circunstancias, las más conocidas son: que exista un incumplimiento que de lugar a su resolución o que venza el plazo fijado en el contrato; aunque existen otras para cada contrato en particular.
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