Propuesta y contrapropuesta

La ley establece que para solicitar el divorcio así sea bilateral o unilateral, se deben detallar aspectos a regular para ser aplicados luego de que la sentencia declare a las personas en el estado civil de divorciados.
Para el caso de que se solicite el divorcio de manera conjunta, es decir por ambos, se presentará al juez un convenio celebrado por ellos en el cual regularán todas las cuestiones relacionadas con la separación.
Si, en cambio, se presenta uno de forma individual a solicitar el divorcio, deberá acompañar una propuesta de arreglo, el juez se la mostrará a la otra parte para que formule oposición o conformidad, y en su caso formule una contrapropuesta.
Generalmente se detallan los bienes gananciales a dividir, se regula la responsabilidad parental, se solicita compensación económica en su caso, temas vinculados a la vivienda familiar, y cualquier otra cuestión que quieran incluir las partes.
La existencia de desacuerdo no obstaculiza ni suspende el dictado de la sentencia de divorcio. Es decir, si las partes no llegan a un acuerdo igualmente quedarán divorciadas por ley. Será cuestión de resolver el resto en un futuro.
Sin embargo, realizando todo junto y en el mismo momento, el proceso se hace menos extenso y se resuelve de una manera más rápida. Además, el costo es mayor cuando las partes no están de acuerdo y existen bienes.
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